El catalán Torra primer presidente autonómico de la democracia española inhabilitado por la Justicia

Portadas en la prensa española

El presidente autonómico de Cataluña, Quim Torra, ha sido inhabilitado hoy por sentencia del Tribunal Supremo, para ejercer su cargo. Lo cual siembra un precedente en el actual contexto español en el que se utilizan las instituciones del Estado por los separatistas y la izquierda radical de socialistas y comunistas en el propio gobierno de la Nación, para utilizarlas y destruir el régimen Constitucional democrático de la Monarquía parlamentaria.

Es la primera vez que esto sucede en la democracia española instaurada hace cuatro décadas por el Rey Juan Carlos I y la UCD, con la que el presidente de este partido, Adolfo Suarez, y su sucesor, Leopoldo Calvo Sotelo, gobernaron los primeros años de la Transición democrática tras la dictadura de Franco.

Una sentencia del Tribunal Supremo contra el golpismo nacionalista catalán

Y sucede porque Quim Torra pertenece al mundo del separatismo catalán que desarrolla un proceso golpista desde dentro de las instituciones del Estado para destruir el régimen de libertades constitucional y parlamentario.

Proceso por el cual la mayoría de sus dirigentes han sido encarcelados o están en busca y captura en el extranjero, y que hoy son los socios que apoyan al gobierno socialista de Pedro Sánchez en el Parlamento, incluidos los terroristas de ETA bajo la denominación de Bildu.

Lo que se desprende de la lectura de la sentencia del Tribunal Constitucional español es clara: todo presidente, local, regional y nacional que incumpla las leyes será inhabilitado para su cargo y funciones.

Otras sentencias en el mismo sentido del Tribunal Supremo

El presidente socialista del gobierno español, Pedro Sánchez, recibe sonriente a Quim Torra , con el lazo separatista en su solapa y la bandera catalana

Además ha pasado desapercibido el auto del Tribunal Supremo que dicta que “La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha desestimado los incidentes de nulidad planteados por el expresidente catalán Carles Puigdemont y el ex-conseller Antoni Comín contra las sentencias de la misma Sala, de 10 de junio de 2020, que rechazaron sus recursos contra los acuerdos de la Junta Electoral Central, de junio de 2019, en los que se comunicó al Parlamento Europeo que no habían adquirido la plenitud de su condición de eurodiputados electos al no haber prestado acatamiento a la Constitución española, y se denegó su inclusión en la lista de electos remitida a la Cámara europea”. Ver noticia el auto del Tribunal Supremo

Ahora, veremos si se cumplen -y como se cumplen- estas sentencias del Tribunal Supremo.

AS © 2020

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